Real Unión de Criadores de Toros de Lidia

El BOE publica una nueva orden en materia de lengua azul (texto e interpretación)

El Boletín Oficial del Estado ha publicado hoy en el ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación la orden APA/54/2007 (ver aquí) que legisla nuevas normas en materia de lengua azul.

En el documento anexo, en formato PDF, les adjuntamos la interpretación que el Libro Genealógico de la Unión de Criadores ha hecho.  A continuación les adelantamos las conclusiones al documento:

«Esta sólo tiene ámbito de aplicación nacional. No existen festejos tipo I y tipo II, el movimiento dentro de zona restringida tiene escasos requisitos (comunicar con 48 horas si es distinta CCAA y precintado del vehículo), y el movimiento para festejos populares (a centros de concentración de lidia o cebaderos) se debería hacer aprovechando la época de inactividad de los mosquitos. Bastará con que hayan transcurrido 60 días desde que una zona se considere estacionalmente libre para poder mover.

La vacunación de Lengua Azul será la que garantice el normal transcurrir de la Temporada Taurina. Es imposible predecir cuánto tiempo durará esta “Orden de invierno” (si se prolongará de forma escalonada según cada zona hasta el 1-22 de mayo, como en el año pasado) duración que dependerá de la fecha de reactivación del vector, pero es recomendable saber que si revacunamos el 12 de abril, los animales se podrían mover a zona libre en principio entre el 17 de abril hasta el 12 de octubre de 2007, por lo que habría que iniciar la vacunación (si es la primera que se aplica en un animal) 21-30 días antes del 12 de abril, esto es, entre el 14 y el 23 de marzo de 2007.»